martes, 12 de abril de 2011

CONSEJO PASTORAL Y CONSEJO ECONOMICO

“ Léalo y Reflexione ” Francisco Jiménez Fermin

CONSEJO PASTORAL Y ECONOMICO PARROQUIALES

El Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica, en el canon 536 establece, numeral 1 “ Si es oportuno, a juicio del Obispo Diocesano, oído el Consejo Presbiteral, se constituirá en cada parroquia un Consejo Pastoral, que preside el Párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia, presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral; el numeral 2 dice: “El Consejo Pastoral tiene voto meramente consultivo, y se rige por las normas que establezca el Obispo Diocesano. El mismo Código, en el canon 537 establece: “En toda parroquia ha de haber un Consejo de Asuntos Económicos que se rige, además del derecho universal, por las normas que haya establecido el Obispo Diocesano, y en el cual los fieles elegidos, según esas normas prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que estableces el canon 532.”

Para el cumplimiento de los mismos el Sr Obispo de la Diócesis de Margarita, Mons. Jorge Aníbal Quintero Chacón, con fecha 10 de febrero del 2011, dictó el decreto de Creación del Consejo Pastoral Parroquial y el Consejo Económico Parroquial, mandó a comunicarse y ser asentado en el Libro de Gobierno de cada Parroquia, y del cual da fe el Señor Canciller Diocesano Pbro. Alexis Mota Verde.

Ante tales iniciativas, creo oportuno felicitar al Sr. Obispo y elevo una oración al cielo para que su creación y funcionamiento se cumplan lo más pronto posible, con la alta responsabilidad de los sacerdotes, y por la colaboración espontanea y consulta que cumplirán los miembros escogidos de acuerdo con las normas. Los laicos comprometidos que se conviertan en consejeros parroquiales deben entender que la tarea ha de cumplirse con dedicación, amor a Dios y su Iglesia, que antes de aceptar tal función, pensar que el compromiso ha de ser real y sincero y sacar el espacio en la planificación de su tiempo para estar presente al llamado oportuno que nos haga el sacerdote.. Ese trabajo pastoral contará además con el respaldo de toda la feligresía parroquial, que juntos con las decisiones del consejo permitirá que la parroquia sea comunidad de comunidades, y deje de ser simple administrado de sacramentos y realización de cultos, para volcarse hacia afuera, tal como fue recomendado en el Documento de Aparecida por el Santo Padre Benedicto XVI en la V Conferencia del Episcopado Latinoamericano..

Un Consejo Parroquial que 4 veces o más, cada año planifique y programe tareas pastorales y haga evaluación de las mismas. Que tenga un comité Ejecutivo o Comisión permanente con reuniones mensuales para que evalúen, fomente y estimule las actividades de las diferentes comisiones que sean creadas, dando la debida información al Sacerdote parroquial para su aprobación.

Un Consejo Económico Parroquial que tiene la responsabilidad de estar en plena comunión con su presidente el Párroco, con su debida organización, nombrará las comisiones necesarias. Elaborará el presupuesto y plan económico de la parroquia y trabajará duro para lograr los mayores recursos económicos que sean necesarios; trabajar en los inventarios y las actividades de caridad cristiana dirigida especialmente a los marginados y necesitados de la comunidad..

Siendo sabia la Iglesia para tomar sus decisiones, y contando con el Espíritu Santo, con seguridad que las mismas tendrán éxito. Como laico comprometido ofrezco a mi Diócesis, a sus autoridades y a los Consejos parroquiales mi mayor apoyo. --

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